¿Sabías que desde este mes comenzará a ser obligatorio el aceptar medios de pago electrónicos?

 

 

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Imagen: iProfesional

Según detallan en el sitio web de iProfesional, los contribuyentes que en forma habitual vendan, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles para consumo final, o presten servicios de consumo masivo, deberán aceptar como medios de pago tarjetas de débito, prepagas no bancarias u otros que el Poder Ejecutivo Nacional considere; siempre que el importe de la operación sea superior a $10, y la actividad se desarrolle en localidades con más de 1.000 habitantes. Excepto en las situaciones previstas en la Ley 27.253. 

“En tanto que los monotributistas, deberánaceptar los medios de pago mencionados cuando encuadren en alguna de las categorías de la F a la K desde el 31 de diciembre de 2017 y aquellos que se encuentren en cualquiera de las categorías de la A a la E desde el 31 de marzo de 2018.”

Podés leer la nota completa y conocer más información en la fuente: https://goo.gl/CWtPWr

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