Dólar Empresas: Cómo afectan las nuevas medidas a las empresas

Hace algunas semanas el Banco Central de la República Argentina hizo oficial el anuncio de nuevas medidas vinculadas a la compra de dólares ahorro y los gastos con tarjeta en moneda extranjera.

¿En qué consisten estas medidas? ¿De qué forma afectan a las PyMEs? Para responder a estas y otras preguntas invitamos a Guillermina Dillon, Asesora de Emprendedores en Monotributo YA.

Con ella realizamos un live en Instagram donde respondió todas nuestras consultas y las de las personas que se sumaron al vivo. ¡Esto fue lo que conversamos!

Dólar y Empresas: Qué hay que saber sobre las nuevas medidas

¿Podrías hacernos un resumen de las medidas y contarnos de qué manera afectan a los negocios?

Cuando se lanzó el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria” (PAIS), se anunció que en el caso de los servicios digitales, se tendría que abonar un 8% en concepto de este impuesto. Según Guillermina, hoy casi todos los negocios están pagando un 30% por servicios digitales y no es un 8%, como corresponde.

Entre las medidas anunciadas recientemente, aparece una nueva percepción del 35%, que alcanza a las mismas operaciones que ya tenían aplicado el 30% del Impuesto PAIS. Por lo que las PyMEs pasarían a abonar un 65% en total a partir de la acumulación de ambos impuestos.

Estas percepciones afectan especialmente al pago de servicios como Facebook e Instagram Ads así como también Google Ads, herramientas que los negocios utilizan asiduamente en sus estrategias de Marketing Digital. De hecho, en las facturas de estos servicios correspondientes a septiembre, mes en que se oficializó el anuncio, se vio reflejado el nuevo impuesto.

Otra de las medidas tomadas tiene que ver con que los pagos realizados en moneda extranjera se incluyen dentro del cupo de USD 200 mensuales que cada persona tiene habilitado para comprar. Reduciendo así la cantidad de dólares que uno puede utilizar para atesorar o para realizar el pago de compras o servicios.

¿El impuesto aplica solo a pagos con tarjetas de crédito y débito, o también efectivo?

Siempre que abones con pesos argentinos un servicio que se cobra en dólares, vas a pagar este impuesto. Si abonás con dólares en efectivo, no deberías pagarlo.

¿Qué servicios quedan exceptuados?

Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.

También quedan exceptuados los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino.

Por último, quedan exceptuados de este impuesto la adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población.

¿Qué formas hay de recuperar este pago anticipado?

Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias, podrán descontar este pago en la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Bienes Personales.

Los demás contribuyentes podrán descontarlo anualmente del Impuesto a las Ganancias.

En el caso de empleados en relación de dependencia no está contemplado que vayan a poder descontar las percepciones realizadas de la liquidación anual del impuesto que hace el empleador.

Aquellos que no tienen inscripción impositiva en Ganancias ni Bienes Personales, por ejemplo un Monotributista puro, podrán recuperar la percepción solicitando la devolución ante la AFIP. Los requisitos para realizar el trámite son:

  • Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y con Clave Fiscal.
    Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria.
  • Solicitar un turno web para asistir a la AFIP a realizar el trámite. Se habilitará una sección dentro de su página web donde se podrán constatar las percepciones realizadas.

En este último caso, según Guillermina, es importante guardar todos los comprobantes de pago para tenerlos a disposición cuando se vaya a realizar la presentación ante la AFIP.

¿Se puede lograr el reintegro de lo pagado en concepto de Impuesto PAIS?

Como explicó Guillermina durante el vivo, la mayoría de los negocios están abonando un 30% en lugar de un 8% que establece el Impuesto PAIS para servicios digitales cobrados en moneda extranjera.

Algunos emprendedores lograron que sus bancos les proporcionen un formulario para solicitar que se les reintegre retroactivamente el 22% extra que habían abonado en concepto de publicidad en Facebook e Instagram. Es recomendable que consultes con tu banco sobre este tema.

¿Querés revivir el live? ¡Miralo completo!

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